Centro Oriente de Colombia, 20 de junio de 2017
DENUNCIA PÚBLICA
Contrario a nuestras exigencias expresadas en el marco de la interlocución con el Estado, de parar con la estigmatización hacia los líderes sociales y defensores de derechos humanos como medida política de protección, el Estado continua su campaña de señalamientos que incrementan el riesgo contra la vida, integridad y libertad de los dirigentes.
El 16 de junio de 2017 en el municipio de Saravena, departamento de (Arauca), el Fiscal Cuarto Seccional de Saravena, realizó falaces imputaciones y señalamientos en contra del defensor de Derechos Humanos BERNARDO ALEXIS ARGUELLO DAZA, presidente de la Fundación de Derechos Humanos PASOS, señalándolo de ser miembro del Ejército de Liberación Nacional ELN. El fiscal aseveró que el abogado Alexis, “depende de esas personas o actúa por orden, o por sugerencia, o por comisión, o por encomienda, o por lo que sea, por la forma en que sea, pues es obvio que hace parte de un entramado donde está la parte jurídica, la parte militar, la parte judicial, la parte social…”.
Estas afirmaciones las vierte en desarrollo de una audiencia de legalización de captura de un poblador de la región señalado de pertenecer a esa organización insurgente, quien es defendido por el mencionado profesional del derecho.
El ejercicio del Derecho, no sólo es una profesión liberal, legal y legítima sino además necesaria para la vigencia del derecho fundamental de defensa y en general el debido proceso. Cuando se trata de constreñir la labor del abogado en el ejercicio de la defensa técnica, recurriendo a la estigmatización y señalamiento como en este caso, sin duda se atropella la libertad e independencia con que se debe actuar en cumplimiento de esa misión, así lo ha establecido el comité de derechos humanos de la ONU: “Los abogados deben poder asesorar y representar a sus clientes de conformidad con su criterio y normas profesionales establecidas, sin ninguna restricción, influencia, presión o injerencia indebida de ninguna parte. (Comité de Derechos Humanos, 21º período de sesiones (1984), Observación general Nº 13 “Administración de justicia (artículo 14)”, párrafo 9.)”.
Aquí en los hechos objeto de denuncia, ante la falta de argumentos jurídicos para sustentar sus solicitudes, el ente Fiscal acude al ataque personal en contra del defensor.
Con estas falaces e irresponsables imputaciones, efectuadas de manera pública, por quien ostenta la calidad de servidor público, miembro del órgano judicial encargado de la persecución del delito, de que haya justicia y respeto a las garantías y derecho de los ciudadanos, no únicamente se vulneran los mismos, sino que se coloca en inminente riesgo la vida e integridad de nuestro compañero.
En la situación aún vivida en el país, y especialmente en esta región de la geografía nacional, dicha estigmatización y señalamiento ponen una lápida en el cuello a quienes la reciben, y lo colocan como objetivo militar. No es desconocido para nadie el alto índice de muertes violentas de defensores de derechos humanos y líderes sociales ocurridas en los últimos tiempos en Colombia. Los defensores de derechos humanos han sido históricamente estigmatizados, señalados y perseguidos por el Estado a través de su fuerza pública y organismos de inteligencia, como también por sus estructuras paramilitares incrementando la cifra de homicidios selectivos.
Así lo demuestra la agudización de la violencia política que desde el año pasado deja más de 160 asesinatos contra líderes y lideresas sociales y defensores de Derechos Humanos en el país, y los casos de amenazas a nombre de paramilitares en medio de fuertes controles militares, desaparición de campesinos, homicidios selectivos, atentados contra dirigentes sociales y de Derechos Humanos, ocurridas en la región, pese estar en desarrollo de unos acuerdos de supuesta paz.
Por lo anterior exigimos al Estado colombiano respetar el ejercicio de la labor social y jurídica de los defensores y defensoras de Derechos Humanos; se adelanten las investigaciones penales y disciplinarias que el caso amerita; y tomar las medidas necesarias para la protección de la vida e integridad de los líderes y lideresas sociales y defensores de Derechos Humanos.
A la comunidad nacional e internacional, pronunciarse al respecto y exigir al Estado colombiano el cumplimiento de sus compromisos nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos.
¡SER LÍDER SOCIAL NO ES UN DELITO! POR LA DEFENSA DE LA VIDA, LOS DERECHOS HUMANOS Y LA PERMANENCIA EN NUESTRO TERRITORIO EQUIPO REGIONAL ESPECIALIZADO EN DERECHOS HUMANOS DEL CENTRO ORIENTE DE COLOMBIA FUNDACIÓN DE DERECHOS HUMANOS JOEL SIERRA CORPORACION SOCIAL PARA LA ASESORIA Y CAPACITACION COMUNITARIA –COSPACC FUNDACIÓN PASOS COORPORACIÓN CHOAPO NUESTRA ACCIÓN SOCIAL ES LEGAL Y LEGÍTIMA